Muchos autónomos y pequeñas empresas están dados de alta en un epígrafe del IAE que no se ajusta a su actividad real. Los asesores advierten de que esta confusión acarrea errores en las declaraciones e incluso sanciones, si perjudica a la Agencia Tributaria.
Estrella Huerta Fleta 29/10/25 – 00:13
Elegir el epígrafe correcto del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es una decisión que, para los autónomos, determina si su actividad se considera empresarial o profesional y condiciona la fiscalidad futura. Sin embargo, muchos trabajadores por cuenta propia mantienen epígrafes desactualizados o incorrectos, lo que puede acarrear errores tributarios y, en algunos casos, sanciones.
“Es más habitual de lo que parece”, explicó a este diario la asesora fiscal María Orea, CEO y fundadora de Tuplanfiscal.com. “Aunque no siempre ocasiona problemas directos, puede generar un mal tratamiento del IVA o del IRPF y acabar perjudicando al autónomo”. Uno de los fallos más frecuentes es aplicar el IVA cuando no corresponde o viceversa, algo que ocurre especialmente en sectores como la enseñanza o los servicios profesionales.
Los expertos recuerdan que Hacienda tiene en cuenta la realidad económica por encima de lo formal; aunque “ambas son importantes”, explicaron fuentes de la Agencia Tributaria. Es decir, aunque el alta censal figure en un epígrafe determinado, lo que cuenta es la actividad que realmente se desarrolla. Por eso, recomiendan revisar periódicamente el encuadre fiscal y corregirlo si es necesario, para evitar errores en las declaraciones, pérdida de competitividad o sanciones derivadas de una clasificación incorrecta.
- Por qué es importante elegir el epígrafe correcto del IAE: define el perfil tributario ante Hacienda
- Consecuencias de estar dado de alta en un epígrafe incorrecto
- ¿Qué ocurre cuando la actividad se ejerce a través de una sociedad limitada?
- ¿Cómo detectar el error y corregirlo?
Por qué es importante elegir el epígrafe correcto del IAE: define el perfil tributario ante Hacienda
El epígrafe del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) no es sólo un trámite formal; identifica la actividad que realiza un autónomo o una empresa y define su perfil tributario ante Hacienda.
De esta elección depende que la actividad se considere empresarial o profesional, lo que determina cómo se aplican impuestos como el IVA, el IRPF o las retenciones en las facturas. En palabras de la asesora fiscal María Orea, “es importante que el epígrafe se asemeje a lo que realmente hacemos, porque de ello depende todo el tratamiento fiscal posterior”.
¿Qué diferencia una actividad profesional de una empresarial?
La distinción no siempre es evidente. Orea explicó que “si el valor del negocio reside en la persona -porque los clientes buscan sus servicios personales, como ocurre con médicos, abogados, consultores o programadores, estamos ante una actividad profesional”. En cambio, “cuando el autónomo organiza personal y recursos materiales para ofrecer el servicio, actúa más como un director de orquesta, y su actividad se considera empresarial”. Un ejemplo claro es el del profesor particular frente a una academia de idiomas.
Lo importante es lo que el autónomo hace
Para la Agencia Tributaria lo importante no es tanto el alta formal como la actividad real que desarrolla el autónomo. Orea subrayó que “incluso aunque estemos dados de alta formalmente, lo que cuenta es lo que hacemos realmente”.
Consecuencias de estar dado de alta en un epígrafe incorrecto
Elegir mal el epígrafe del IAE “no siempre ocasiona problemas directos, pero puede derivar en un mal tratamiento de los impuestos y acabar perjudicando al autónomo”, según explicó la asesora fiscal María Orea, CEO de tuplanfiscal.com,
IVA: cuotas ingresadas o exentas indebidamente
Uno de los errores más habituales es aplicar o no el IVA cuando no corresponde. Esto ocurre sobre todo en actividades en las que existen epígrafes distintos, como en la enseñanza. Orea señaló que “es más frecuente que el autónomo declare su actividad como exenta de IVA cuando, en realidad, debería repercutirlo”.
Un caso común es el del profesor que imparte formación no reglada, pero está dado de alta en el epígrafe 931, correspondiente a enseñanza reglada, exenta de IVA. En esta situación, el autónomo no sólo estaría declarando mal, sino que además habría repercutido menos IVA del que debía, lo que puede derivar en una regularización e incluso en sanciones.
El problema contrario, esto es, declarar IVA sin necesidad, tiene también efectos negativos. En ese caso, el autónomo habría ingresado cuotas de más y debería solicitar la devolución a Hacienda, un proceso que, según recordó Orea, “puede alargarse porque la Agencia Tributaria exigirá más pruebas y verificaciones antes de reintegrar los importes”. Además, el profesional habría perdido competitividad en el mercado, ya que sus precios habrían sido artificialmente más altos.
IRPF y retenciones: aplicar o no aplicar la retención
Otro error frecuente es no practicar retenciones en las facturas cuando corresponde. Si la actividad es profesional, las facturas emitidas a empresas o a otros autónomos deben incluir la retención correspondiente. En cambio, las actividades empresariales no la aplican. Orea apuntó que elegir el epígrafe equivocado “puede llevar a emitir facturas incorrectas y a tener que presentar declaraciones complementarias después”.
Este tipo de fallos podría tener un efecto en cadena porque afecta a las declaraciones trimestrales de IRPF (Modelos 130 o 131) y también al resumen anual, obligando al autónomo a regularizar importes o asumir recargos por presentación fuera de plazo.
Sanciones: cuándo puede intervenir Hacienda
El mero hecho de tener un epígrafe erróneo no implica sanción directa, pero sí puede acarrear consecuencias si el error afecta a las declaraciones. Orea explicó que, si al estar dado de alta en un IAE incorrecto, “llevas un mal tratamiento de tus declaraciones y perjudicas a la Agencia Tributaria, te podrían llegar a imponer sanciones en una comprobación”.
¿Qué ocurre cuando la actividad se ejerce a través de una sociedad limitada?
Los errores en la clasificación del epígrafe no afectan solo a los autónomos. Cuando la actividad se desarrolla a través de una sociedad limitada (SL), las consecuencias pueden ser más amplias, ya que influyen tanto en la fiscalidad de la empresa como en la de los socios.
Según explicó la asesora fiscal María Orea, “el problema mayor suele venir cuando estos mismos autónomos constituyen una SL para operar y siguen calificando incorrectamente lo que hacen”.
El impacto fiscal en el IAE
Las sociedades están obligadas a tributar por el Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) cuando superan el millón de euros de facturación anual, según establece la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.
En estos casos, el impuesto se calcula en función del epígrafe en el que figure la empresa. Orea recordó que “si la empresa no está exenta del pago del IAE por facturar más de un millón de euros, estará pagando según un epígrafe que no le corresponde”.
De ese error pueden derivarse diferencias en las cuotas ingresadas o en la valoración que haga Hacienda de la actividad real de la sociedad, lo que puede motivar requerimientos o comprobaciones.
Efectos sobre la tributación de los socios
Una clasificación incorrecta también puede tener consecuencias en la retribución y fiscalidad de los socios-trabajadores. Orea explicó que “si la actividad se califica realmente como profesional y la empresa la está tratando como empresarial, se está obviando la regla del artículo 18.6 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, conforme los socios deben llevarse el 75% del beneficio a su IRPF”.
Además, añadió que “la retribución de los socios trabajadores no estará bien calificada -rendimientos del trabajo frente a facturación como actividad económica- y el convenio de la Seguridad Social aplicable a la contratación de trabajadores tampoco será el adecuado”.
Revisar el encuadre fiscal
Aunque estos errores no siempre tienen efectos inmediatos, Orea advirtió que a largo plazo pueden derivar en reclamaciones o inspecciones. Por ello, señaló que “no es un problema inmediato, pero sí puede generar incidencias con el tiempo”, especialmente si la sociedad cambia de estructura, amplía servicios o modifica su forma de facturar.
¿Cómo detectar el error y corregirlo?
Algunos autónomos y pequeñas empresas no descubren que están mal encuadrados en el IAE hasta que revisan sus declaraciones o reciben un requerimiento de la Agencia Tributaria. Sin embargo, hay señales y pasos sencillos que permiten comprobar si la actividad está bien clasificada y corregirla a tiempo.
Señales de alerta: cuando lo que se hace no coincide con el alta
Por ejemplo, un profesional que imparte formación no reglada y está dado de alta
en el epígrafe de enseñanza reglada (931) estaría aplicando exenciones que no le corresponden. En el caso contrario, si declarase IVA cuando no procede, estaría ingresando cuotas de más y perdiendo competitividad frente a su competencia.
Cómo regularizar la situación
Cuando se detecta un error, el proceso para corregirlo es sencillo, pero debe hacerse correctamente. El autónomo o la empresa debe comunicar el cambio mediante el Modelo 036 o 037, actualizando su epígrafe del IAE y, si es necesario, rectificar las declaraciones de IVA o IRPF afectadas.
Orea explicó que, en casos en los que se haya ingresado IVA indebidamente, “el contribuyente tendrá que reclamar la devolución a Hacienda, y la Agencia Tributaria podrá exigir más pruebas y verificaciones antes de reintegrar los importes”.
En el supuesto contrario, cuando se ha declarado menos IVA del que correspondía, el trabajador por cuenta propia deberá regularizar las cuotas y asumir los recargos o intereses de demora.


